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Convocatoria de cuatro plazas de Agente del Policía Local.

Bases de selección Icono
Publicado en BOPMA numero 247 de fecha 29/12/2025.Ir al boletín
Publicado en BOJA numero 16 de fecha 26/01/2026, página 153/1.
Publicado en BOPMA numero 29 de fecha 12/02/2026.Ir al boletín
Publicado en BOE numero 47 de fecha 21/02/2026.Ir al boletín
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CONVOCATORIA Y BASES PARA INGRESO POR OPOSICIÓN LIBRE EN LA CATEGORÍA DE POLICÍA DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DE PIZARRA.

BASES

1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión como funcionario de carrera, mediante el sistema de acceso de turno libre y a través del procedimiento de selección de oposición, de cuatro plazas vacantes en la plantilla y relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Local, conforme a esta resolución de la Alcaldía.

1.2.- Las plazas citadas adscritas a la Escala Básica, conforme determina el art. 23.1 c) de la Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía , se encuadran en el Grupo C, Subgrupo C1, dotadas con las retribuciones correspondientes, y resultantes de la Oferta de Empleo Público de los años 2022-23, 2024 y 2025.

2.- LEGISLACIÓN APLICABLE

Las presentes Bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía, Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, Decreto 66/2008, de 26 de febrero, por el que se modifica el Decreto 201/2003, de 8 de julio, de ingreso, promoción interna, movilidad y formación de los funcionarios de los Cuerpos de la Policía Local, Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, Orden de 31 de marzo de 2008, por la que se modifica la Orden de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, Orden de 30 de noviembre de 2020, por la que se modifica el Anexo Ill de la Orden de la Consejería de Gobernación de 22 de diciembre de 2003, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, y en lo no previsto en la citada legislación, les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Ley 5/2023, de7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.

3.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

Para participar en el proceso selectivo los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Nacionalidad española.

b) Tener dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación forzosa.

c) Estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres. Estarán exentos del requisito de la estatura aquellos aspirantes que sean funcionarios de carrera de algún Cuerpo de la Policía Local de Andalucía.

d) Prestar compromiso, mediante declaración de la persona solicitante, de portar armas y, en su caso, de llegar a utilizarlas.

e) Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalente

f) No haber sufrido separación, mediante resolución administrativa firme, del servicio a la Administración local, autonómica o estatal, ni inhabilitación para el ejercicio de la función pública por sentencia firme.

g) No tener antecedentes penales por delitos dolosos, sin perjuicio de la aplicación del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales.

h) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A2 y B.

i) Compromiso de conducir vehículos policiales, en concordancia con el apartado anterior.

j) Acreditar, en el caso de haber obtenido con anterioridad una plaza por el turno libre, haber prestado servicio en el municipio en que se obtuvo durante al menos cinco años.

Estos requisitos deberán acreditarse documentalmente antes de realizar el curso de ingreso en el Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía o Escuelas de Policía de las Corporaciones Locales, salvo el de estatura, que lo será en la prueba de examen médico.

Nota a tener en cuenta: Según el artículo 43.5 de la ley 6/2023, de 7 de julio, de policías locales de Andalucía se establece un periodo mínimo de permanencia obligatoria en el municipio de 5 años donde se haya obtenido la plaza.

Medidas económicas compensatorias (a establecer según criterio del equipo del gobierno, hay que detallarlas).

4.- SOLICITUDES

4.1.- En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida al titular de la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos.

4.2.- Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4.3.- A la solicitud deberá acompañarse resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen que ascienden a 45,00 euros que se abonarán mediante ingreso en cuenta bancaria Nª ES59 2103 0164 4302 3000 0078 que tiene abierta este Ayuntamiento en Unicaja Banco.

4.4.- Si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o, en su caso, acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto, de conformidad con lo establecido en el art. 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, ya citada.

5.- ADMISIÓN DE ASPIRANTES

5.1.- Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano correspondiente del Ayuntamiento dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos y las causas de exclusión. En dicha resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, en el caso de que no exprese la relación de todos los solicitantes, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalando un plazo de diez días hábiles para su subsanación.

5.2.- Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior, la autoridad convocante dictará resolución declarando aprobados los listados definitivos de aspirantes admitidos, determinando el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios.

6.- TRIBUNAL CALIFICADOR

6.1.- El Tribunal calificador estará constituido por un Presidente, cuatro Vocales y un Secretario. Los miembros del tribunal serán nombrados por la Alcaldía y se publicará junto con las listas definitivas de admitidos y excluidos. El secretario del tribunal será el titular del Ayuntamiento o el funcionario en quien delegue, con voz y sin voto.

Presidente: A designar por la persona titular de la Alcaldía.

Vocales: Cuatro, a designar por la persona titular de la Alcaldía.

Secretario: El titular de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y sin voto.

6.2.- No podrán formar parte del Tribunal: El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual. La pertenencia al Tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

6.3.- Los vocales del Tribunal deberán poseer titulación o especialización de igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en las plazas convocadas.

6.4.- Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos.

6.5.- El Tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración de asesores técnicos, con voz y sin voto, los cuales deberán limitarse al ejercicio de su especialidad técnica.

6.6.- El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del Presidente, dos Vocales y el Secretario. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas y aplicar los baremos correspondientes.

6.7.- Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán promover la recusación en los casos de los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

6.8.- A los efectos de lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio, y disposiciones complementarias, el Tribunal se clasifica en la categoría segunda.

7.- INICIO DE CONVOCATORIA Y CELEBRACIÓN DE PRUEBAS

7.1.- La actuación de los aspirantes se iniciará por orden alfabético conforme al resultado del sorteo público que anualmente publica la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

7.2.- Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificada y libremente apreciada por el Tribunal.

7.3.- El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que acrediten su identidad.

7.4.- Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las respectivas pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios de la Corporación o en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de un nuevo ejercicio.

7.5.- Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de cuarenta y cinco días hábiles.

8.- PROCESO SELECTIVO

El proceso selectivo constará de las siguientes fases y pruebas:

8.1. Primera fase: oposición

En la fase de oposición los aspirantes deberán superar las siguientes pruebas, que se desarrollarán en el orden establecido en la convocatoria, asegurando la objetividad y racionalidad de la selección.

8.1.1. Primera prueba: aptitud física.

Los aspirantes realizarán las pruebas de aptitud física que se describen en la Orden de 22 de diciembre de 2003, de la Consejería de Gobernación, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, detalladas en el Anexo I de la presente convocatoria, y en el orden que se establece, siendo cada una de ellas de carácter eliminatorio. Se calificará de apto o no apto.

Para la realización de las pruebas de aptitud física, los aspirantes deberán entregar al Tribunal Calificador, un certificado médico en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las pruebas.

Si alguna de las aspirantes en la fecha de celebración de las pruebas físicas se encontrara en estado de embarazo, parto o puerperio, debidamente acreditado, realizará el resto de las pruebas, quedando la calificación, en el caso de que superase todas las demás, condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física, en la fecha que el Tribunal determine al efecto, una vez desaparecidas las causas que motivaron el aplazamiento. Dicho plazo no podrá superar los 6 meses de duración, desde el comienzo de las pruebas selectivas, salvo que se acredite con certificación médica que persisten las causas, en cuyo caso se podrá ampliar dicho plazo otros 6 meses.

Cuando el número de plazas convocadas sea superior al de aspirantes que se puedan acoger al anterior derecho, el aplazamiento no afectará al desarrollo del proceso selectivo de las restantes plazas. En todo caso, se entiende que han superado el proceso selectivo aquellos aspirantes cuya puntuación final no puede ser alcanzada por las aspirantes con aplazamiento, aunque éstas superen las pruebas físicas.

Para la realización de las pruebas físicas los opositores deberán presentarse provistos de atuendo deportivo.

8.1.2.- Segunda prueba: conocimientos.

Consistirá en un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, mediante un sistema de test, propuestos por el Tribunal para cada materia de las que figuran en el temario de la convocatoria que se determina en el Anexo Ill a esta convocatoria, y la resolución de un caso práctico cuyo contenido estará relacionado con el temario. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario, para aprobar, obtener como mínimo 5 puntos en las contestaciones y otros 5 en la resolución práctica. La calificación final, será la suma de ambos dividida por 2. Para su realización se dispondrá de 3 horas, como mínimo.

Junto con el anuncio, realizado por el tribunal calificador, fijando el día, hora y lugar de realización de las pruebas de conocimiento, se debe publicar “el sistema de calificación de las pruebas selectivas”.

8.1.3. Tercera prueba: examen médico.

Con sujeción al cuadro de exclusiones médicas que garantice la idoneidad, conforme a las prescripciones contenidas en la Orden de 22 de diciembre de 2003, modificada por la Orden de 30 de noviembre de 2020 en lo que respecta al cuadro de exclusiones médicas, que figura en el Anexo Il de la presente convocatoria.

Se calificará de apto o no apto

8.1.4. Cuarta prueba: psicotécnica.

La valoración psicotécnica tendrá como finalidad comprobar que los aspirantes presentan un perfil psicológico adecuado a la función policial a la que aspiran.

A.- Valoración de aptitudes.

Se realizará una valoración del nivel intelectual y de otras aptitudes específicas, exigiéndose en todos los casos rendimientos iguales o superiores a los normales en la población general, según la baremación oficial de cada una de las pruebas utilizadas, en función del nivel académico exigible para la categoría a la que se aspira.

Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: inteligencia general, comprensión y fluidez verbal, comprensión de órdenes, razonamiento cognitivo, atención discriminativa y resistencia a la fatiga intelectual.

B.- Valoración de actitudes y personalidad.

Las pruebas de personalidad se orientarán a evaluar los rasgos de la personalidad más significativos y relevantes para el desempeño de la función policial, así como el grado de adaptación personal y social de los aspirantes.

Asimismo, deberá descartarse la existencia de síntomas o trastornos psicopatológicos y/o de la personalidad.

Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: estabilidad emocional, autoconfianza, capacidad empática e interés por los demás, habilidades interpersonales, control adecuado de la impulsividad, ajuste personal y social, capacidad de adaptación a normas, capacidad de afrontamiento al estrés y motivación por el trabajo policial.

Los resultados obtenidos en las pruebas deberán ser objeto de constatación o refutación mediante la realización de una entrevista personal en la que, además de lo anterior, se valorará también el estado psicológico actual de los candidatos.

De este modo, aparte de las características de personalidad señaladas anteriormente, se explorarán también los siguientes aspectos: existencia de niveles disfuncionales de estrés o de trastornos del estado de ánimo; problemas de salud; consumo excesivo o de riesgo de alcohol u otros tóxicos y grado de medicación; expectativas respecto de la función policial, u otros.

Las pruebas de la primera fase, tendrán carácter eliminatorio.

8.2. Segunda fase: curso de ingreso.

Superar con aprovechamiento el curso de ingreso en el Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía, Escuelas Concertadas o Escuelas Municipales de Policía Local.

De conformidad con el artículo 65 de la Ley 6/2023, de 7 de julio, se eximirá de realizar los cursos preceptivos de ingreso o de capacitación a quienes ya hubieran superado el correspondiente a la misma categoría a la que aspiran en el Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía, en las escuelas municipales de la Policía Local acreditadas en relación con cursos asignados, así como en las escuelas municipales de la Policía Local cuando tales cursos hubiesen sido celebrados de conformidad con lo previsto en el artículo 58 de la ley 6/2023, de 7 de julio y hubiesen obtenido la correspondiente homologación.

9.- RELACIÓN DE APROBADOS DE LA FASE DE OPOSICIÓN

Una vez terminada la fase de oposición, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación, en el tablón de anuncios de la Corporación o lugar de celebración de las pruebas, elevando al órgano correspondiente del Ayuntamiento propuesta de los aspirantes que deberán realizar el correspondiente curso selectivo.

En caso de empate, conforme al Artículo 48 de la Ley 6/2023 de 7 julio, de Policías Locales de Andalucía, en caso de empate en la calificación final resultante en la fase oposición, se establece como criterio de desempate la prioridad de las personas del sexo femenino.

En caso de que el empate sea entre dos candidatos/as del mismo sexo, el criterio de desempate será por mayor puntuación en la prueba práctica de la fase oposición.

En último caso, si con posterioridad a la aplicación de los criterios anteriores, en su caso, persiste el empate, éste se resolverá por sorteo público.

10.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS

10.1.- Los aspirantes que hubieran aprobado la primera fase del proceso selectivo, presentarán en el Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días hábiles, a partir de la publicación de la relación de aprobados, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del DNI.

b) Copia compulsada de la titulación académica a que se refiere la Base 3.1. de la presente convocatoria. Los opositores que aleguen estudios equivalentes a los específicamente señalados en dicha Base habrán de citar la disposición legal en que se reconozca tal equivalencia o, en su caso, aportar certificación del órgano competente en tal sentido.

c) Declaración de no haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, todo ello sin perjuicio de lo que el Decreto 201/2003, de 8 de julio, prevé en cuanto a la aplicación del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas.

d) Declaración del compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo.

e) Declaración del compromiso de conducir vehículos policiales.

f) Fotocopia compulsada de los permisos de conducción de las clases A2 y B.

10.2.- Quienes sean funcionarios públicos estarán exentos de acreditar documentalmente aquellos extremos que constituyen un requisito previo para su nombramiento, debiendo presentar certificación que acredite la prestación de cinco años de servicio en el municipio donde se obtuvo la plaza.

10.3.- Si dentro del plazo indicado los opositores no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos obtenidos, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

11.- PERIODO DE PRÁCTICA Y FORMACIÓN

11.1.- El Alcalde, una vez acreditados documentalmente los requisitos exigidos en la Base 3 de la convocatoria, nombrará funcionarios en prácticas para la realización del curso de ingreso, a los aspirantes propuestos por el Tribunal, con los deberes y derechos inherentes a los mismos.

11.2.- Para obtener el nombramiento como funcionario de carrera, será necesario superar con aprovechamiento el curso de ingreso para los Cuerpos de Policía Local en el Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía, Escuela Concertada o Escuela Municipal de Policía Local.

11.3.- La no incorporación al curso de ingreso o el abandono del mismo, sólo podrá excusarse por causas excepcionales e involuntarias, debidamente justificadas y apreciadas por el titular de la Alcaldía, debiendo el interesado incorporarse al primer curso que se celebre, una vez desaparecidas tales circunstancias. En este caso, el posterior escalafonamiento tendrá lugar con la promoción en que efectivamente se realice el curso.

11.4.- La no incorporación o el abandono de estos cursos, por causa que se considere injustificada e imputable al alumno, producirá la pérdida de los resultados obtenidos en la oposición, y la necesidad de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras convocatorias.

11.5.- Cuando el alumno no haya superado el curso, a la vista del informe remitido por el Instituto, repetirá el curso siguiente, que, de no superar, producirá la pérdida de los resultados en la oposición, y la necesidad de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras convocatorias.

12.- PROPUESTA FINAL, NOMBRAMIENTO Y TOMA DE POSESIÓN

12.1.- Finalizado el curso selectivo de ingreso, el Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía o, en su caso, las Escuela Municipal de Policía Local o Escuela Concertada, enviará al Ayuntamiento un informe sobre las aptitudes del alumno, para su valoración en la resolución definitiva de la convocatoria. El Tribunal, a los aspirantes que superen el correspondiente curso de ingreso, les hallará la nota media entre las calificaciones obtenidas en las pruebas de la oposición y el curso selectivo, fijando el orden de prelación definitivo de los aspirantes, elevando la propuesta final al titular de la Alcaldía, para su nombramiento con funcionario de carrera de las plazas convocadas

12.2.- Tras la propuesta final, que no podrá contener un número de aspirantes aprobados superior al número de plazas convocadas, los funcionarios en prácticas serán nombrados funcionarios de carrera, los cuales deberán tomar posesión en el plazo de un mes a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, regulador de la fórmula para toma de posesión de cargos o funciones públicas.

12.3.- El escalafonamiento como funcionario se efectuará atendiendo a la puntuación global obtenida en la fase de oposición y curso de ingreso.

13.- RECURSOS

Contra las presentes Bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que aprobó las Bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 114.c), 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.

Anexo I Anexo II Anexo III
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Plazo Cerrado
Listado provisional de admitidos Icono
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DECRETO DE RECURSOS HUMANOS, EMPLEO, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN



Nuestro expediente: 758/2025.

Vista la convocatoria de cuatro plazas pertenecientes a la Escala deAdministración Especial, Subescala de Servicios Especiales,Categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Local pertenecientesa las OEP, 2022-23, 2024 y 2025, cuyo anuncio se publicó en el BOEnúmero 47 de 21 de febrero de 2026.

Considerando que el plazo de solicitudes finalizó el día 20 demarzo de 2026 y que se han presentado los aspirantes abajo indicados.

Considerando que la base tercera de la convocatoria establece losrequisitos de participación y la base cuarta, apartado 4, que 'sialguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá alinteresado para que en el plazo de diez días hábiles subsane lafalta o, en su caso, acompañe los documentos preceptivos,indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistidode su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto'.

Considerando el art. 20.2 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, asícomo la necesidad de dejar constancia del consentimiento delaspirante a 'portar armas y, en su caso, de llegar autilizarlas' y a 'conducir vehículos policiales'(base tercera).

Considerando que por Resolución de la Alcaldía de fecha 20/06/2023con número 2023/0773 se delega en esta concejalía, incluyendofunciones tanto de gestión como de resolución, las concretasatribuciones de contratación y patrimonio, recursos humanos, bolsade empleo, empleo y formación.

RESUELVO:

PRIMERO: Aprobar la siguiente lista de admitidos provisionalmente:

ASPIRANTE
ADRIANA RUIZ BLANCO
ALBA BLANCO CARVAJAL
ALBERTO RODRIGUEZ VARO
ALEJANDRO DE LA LINDE CARRASCO
ALEJANDRO DONAIRE LOZANO
ALEJANDRO GARCIA LOPEZ
ALEJANDRO GRACIA MARTINEZ
ALEJANDRO LUCENA NARANJO
ALEJANDRO RODRIGUEZ ROBLES
ALEX CAYUELA MARTIN
ALEXANDER JIMENEZ GESUALDI
ALVARO VERA BERLANGA
AMELIA OSUNA MARIN
ANA JIMENEZ RUIZ
ANA PATRICIA TEJADA BUENO
ANDRES FRANCISCO PACHECO COBOS
ANTONIO ALBERTO BUSTOS GUTIERREZ
ANTONIO DAVID CANO LOPEZ
ANTONIO DAVID VAZQUEZ RODRÍGUEZ
ANTONIO JESUS CABELLO CONDE
ANTONIO MORENO GARCIA
ANTONIO VERGARA TRUJILLO
ANTONIO VILLEGAS AMIL
ARMANDO GALBAN SANCHO
ARTURO CABEZA ARANDA
BORJA CARRERA TORRES
CARLOS GONZALEZ CARO
CARLOS NARVAEZ DUARTE
CARLOS TORRES MOLINS
CARMEN BELEN DIAZ RODRIGUEZ
CARMEN PEÑA BERNABEU
CHRISTIAN ROMERO DOMINGUEZ
CRISTIAN JIMENEZ PADILLA
CRISTOBAL CUEVAS GALVEZ
DAMIAN DIAZ RODRIGUEZ
DANIEL CALERO GARCIA
DANIEL CARRILLO LÓPEZ
DANIEL CUEVAS GOMEZ
DANIEL DELGADO CORTES
DANIEL GIL REPISO
DANIEL MANZANO MARTIN
DANIEL MORY RUIZ
DAVID BERMÚDEZ MELERO
DAVID LUISES JIMENEZ
DAVID ROBLES BLANCA
DIMA NICOLAS ALARCON RAMOS
EDUARDO PEREZ MORENO
ELENA SAENZ TOME
ELIAS DOMINGUEZ PEREIRA
ESTELA JIAKY YAO VEGA
ESTHER JUDITH ALONSO VIDOR
EVARISTO RANDO ROMAN
FERNANDO FERNANDEZ MARTINEZ
FERNANDO GILBERTO RODRÍGUEZ ROMERO
FERNANDO JOSE GARCIA SANCHEZ
FRANCISCO ANTONIO SALGUERO MALDONADO
FRANCISCO DE ASIS CRUZ CHINCHILLA
FRANCISCO JAVIER BERLANGA ROBLES
FRANCISCO JAVIER ESCOBAR RIOS
FRANCISCO JAVIER RUIZ ESTRADA
FRANCISCO PABLO LOPEZ MOREJON
FRANCISCO TAMAYO CRIADO
FRANCISCO VALVERDE JIMENEZ
FRANCISCO VERA MORENO
GISELA ASTORGA ESCARTIN
GONZALO CORTES BENITEZ
IGNACIO DORADO MORALES
ISMAEL DURÁN HERNÁNDEZ
ISMAEL POSTIGO GAMEZ
IVAN LUQUE ALARCON
JAIME ALBERTO MELGAR VALDIVIA
JAIME JOSE DIZ PUYA
JAVIER ESPINOSA DOMINGUEZ
JAVIER PAREDES LUQUE
JESUS DAVID DEL CID MARIN
JESUS GONZALEZ GARCIA
JESUS LOPEZ VEGA
JESUS MARTINEZ GARCIA
JORGE MARTIN COSANO
JOSE ANTONIO SANCHEZ ROMERO
JOSE CARLOS CASADO PLAZA
JOSE DAVID MOLINA VELASCO
JOSE JAVIER GARCIA RUIZ
JOSÉ JESÚS CEBOLLADA YAÑEZ
JOSE JIMENEZ MARTIN
JOSÉ LUIS NARVÁEZ GONZÁLEZ
JOSE LUIS ROLDAN BORREGO
JOSE MANUEL BAÑOS CASTILLO
JOSE MARIA PRADOS TORRES
JOSE MIGUEL GARCIA NAVARRO
JOSE SERRANO PEREZ
JUAN ABRAHAN COPADO LLAMAS
JUAN ANDRES GIORDANO SANCHEZ
JUAN ANTONIO DOMINGUEZ NAVARRO
JUAN CARLOS CORTES LUQUE
JUAN CARLOS FLORES BENITEZ
JUAN FRANCISCO BERLANGA ROJAS
JUAN HERMENEGILDO MORAL GARCIA
JUAN JESUS PASTRANA CORTES
JUAN JESUS QUINTANA MORENO
JUAN MANUEL BASCON SALCES
JUAN MANUEL MATEO CASTILLO
LAURA DÍAZ JIMÉNEZ
LAURA RUBIO GONZALEZ
LIDIA RODRIGUEZ MORALES
LUCIA TORRES BORREGO
MARIA DE LOS ANGELES NUÑEZ LUCAS
MARIA DEL PILAR PANIAGUA DURAN
MARIA DOLORES RUIZ JIMENEZ
MARIA MORENO BAENA
MARINA IBAÑEZ CASADEMONT
MARINA JIMENEZ ARAGONES
MARINA ROMERO RUIZ
MARTA MORALES DIAZ
MERCEDES NAVARRETE DELRIO
MIGUEL ANGEL CLAVERO CARRILLO
MIGUEL ANGEL GRACIA TARIFA
MIGUEL ANGEL JURADO RAMA
MIGUEL ANGEL LOBATO MARIN
MIGUEL LOPEZ GONZALEZ
MIGUEL MARTINEZ HERRERA
MIGUEL RAMOS ACEVEDO
MIRIAM CASTILLO GORDILLO
NATALIA CONDE ROJAS
NATALIA ROLDAN RODRIGUEZ
NEREA CASTILLERO ROMERO
NURIA MORENO AYALA
OSCAR CABRERA OGAYAR
PABLO ARENAS SANCHEZ
PABLO AZUAGA ROJAS
PABLO BOSCH LUQUE
PABLO JIMENEZ MORENO
PABLO MANUEL SERRA RIVERO
PATRICIA LOMBARDIA MARTIN
PATRICIA MARIA INFANTES NAVARRO
PATRICIA MARTIN VILLALBA
PATRICIA MORENO RODRIGUEZ
PAULA BALDOMERO BENITEZ
PAULA ROMERO RUIZ
PAULA TELLO VALENZUELA
PEDRO NAVARRETE ARIJO
RAFAEL ANTONIO GUARDIA MACIAS
RAUL VERDUGO MOYA
RICARDO PEREZ PEREZ
ROBERTO GUERRERO BERROCAL
ROCIO PERAL ORTIZ
RUBEN CONGOSTO SANCHEZ
SALVADOR GONZALEZ MARQUEZ
SAMUEL RAMIREZ CABELLO
SANDRA GALLARDO SIMON
SARA MARIA FERNANDEZ CARO
SERGIO BARRANCO RUIZ
SERGIO CABRERA JIMÉNEZ
SERGIO CUETO FLORIDO
SERGIO ROMERO MARTIN
SERGIO RUIZ PEREZ
TERESA MARIA MERIDA ESPINOSA
VALENTIN SOLIS BECERRA
VICTOR MANUEL GARCIA PACHECO
VINCENZO FEDERICO FORCINITI
YONATHAN BARRERA ARTILES



SEGUNDO: Aprobar la siguiente lista de aspirantes no admitidos, al nocumplir con los requisitos exigidos para su participación:

ASPIRANTE

DEFECTO SUBSANABLE

ROCIO VALLE LOPEZ

Debe presentar el consentimiento a portar y en su caso usar armas, así como a conducir vehículos policiales

IGNACIO GALAN RAMOS

Debe presentar el consentimiento a portar y en su caso usar armas, así como a conducir vehículos policiales

MIGUEL MARQUEZ LARA

Debe presentar el consentimiento a portar y en su caso usar armas, así como a conducir vehículos policiales

SERGIO TRAVESEDO DOBARGANES

Debe presentar el consentimiento a portar y en su caso usar armas, así como a conducir vehículos policiales. No ha abonado la tasa de examen

ANA ROSA ALCANTARILLA BERMÚDEZ

Debe presentar el consentimiento a portar y en su caso usar armas, así como a conducir vehículos policiales

PABLO CUMPLIDO FRANCO

No ha abonado la tasa de examen

ANGEL MARIA VALVERDE MARTINEZ

Debe presentar el consentimiento a portar y en su caso usar armas, así como a conducir vehículos policiales

JUAN DIEGO JIMENEZ BATLLERIA

Debe presentar el consentimiento a portar y en su caso usar armas, así como a conducir vehículos policiales

FRANCISCO MIGUEL BERLANGA RODRIGUEZ

Debe presentar el consentimiento a portar y en su caso usar armas, así como a conducir vehículos policiales



TERCERO: El plazo de subsanación de las solicitudes es de DIEZ díashábiles a contar desde su publicación en el tablón de anuncios delAyuntamiento y en el portal de transparencia (Base cuarta).



DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE



Aprobación de las listas definitivas de admitidos y excluidos, nombramiento de tribunal, fijación de la fecha de la primera prueba y corrección de error material en las Bases Icono
Verificar documento con CSV 30c54be80be394ca4c549dbc81ee82bf32ab8fa4.Ir al documento

AVISO: Las pruebas se realizan en la Ciudad Deportiva de Cártama, con entrada por calle Feria.

 

DELEGACIÓN DE RECURSOS HUMANOS, EMPLEO, PATRIMONIO Y CONTRATACIÓN



Vista la convocatoria de cuatro plazas pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Local pertenecientes a las OEP, 2022-23, 2024 y 2025, cuyo anuncio se publicó en el BOE número 47 de 21 de febrero de 2026.

Considerando que el plazo de solicitudes finalizó el día 20 de marzo de 2026 y que se han presentado los aspirantes abajo indicados.

Considerando que la base tercera de la convocatoria establece los requisitos de participación y la base cuarta, apartado 4, que 'si alguna de las solicitudes adolece de algún defecto, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o, en su caso, acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que se dictará al efecto'. Dicho plazo se inició el 14 de abril de 2026, mediante la publicación del Decreto 2026-0512.

Considerando el art. 20.2 del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, así como la necesidad de dejar constancia del consentimiento del aspirante a 'portar armas y, en su caso, de llegar a utilizarlas' y a 'conducir vehículos policiales' (base tercera).

Visto que en la publicación de la convocatoria realizada en el BOPMA de 12 de febrero de 2026, en el Anexo I (Pruebas de aptitud física) apartado A.4 (Prueba de potencia de tren inferior: salto vertical) en la tabla de grupos de edad columna “30 a 34”, fila “Hombres”, muestra un valor de 10, siendo esto un error material.

Considerando que por Resolución de la Alcaldía de fecha 20/06/2023 con número 2023/0773 se delega en esta concejalía, incluyendo funciones tanto de gestión como de resolución, las concretas atribuciones de contratación y patrimonio, recursos humanos, bolsa de empleo, empleo y formación.



RESUELVO:

PRIMERO: Aprobar la siguiente lista de admitidos:

ASPIRANTE

ADRIANA RUIZ BLANCO

ALBA BLANCO CARVAJAL

ALBERTO RODRIGUEZ VARO

ALEJANDRO DE LA LINDE CARRASCO

ALEJANDRO DONAIRE LOZANO

ALEJANDRO GARCIA LOPEZ

ALEJANDRO GRACIA MARTINEZ

ALEJANDRO LUCENA NARANJO

ALEJANDRO RODRIGUEZ ROBLES

ALEX CAYUELA MARTIN

ALEXANDER JIMENEZ GESUALDI

ALVARO VERA BERLANGA

AMELIA OSUNA MARIN

ANA JIMENEZ RUIZ

ANA PATRICIA TEJADA BUENO

ANA ROSA ALCANTARILLA BERMÚDEZ

ANDRES FRANCISCO PACHECO COBOS

ANGEL MARIA VALVERDE MARTINEZ

ANTONIO ALBERTO BUSTOS GUTIERREZ

ANTONIO DAVID CANO LOPEZ

ANTONIO DAVID VAZQUEZ RODRÍGUEZ

ANTONIO JESUS CABELLO CONDE

ANTONIO MORENO GARCIA

ANTONIO VERGARA TRUJILLO

ANTONIO VILLEGAS AMIL

ARMANDO GALBAN SANCHO

ARTURO CABEZA ARANDA

BORJA CARRERA TORRES

CARLOS GONZALEZ CARO

CARLOS NARVAEZ DUARTE

CARLOS TORRES MOLINS

CARMEN BELEN DIAZ RODRIGUEZ

CARMEN PEÑA BERNABEU

CHRISTIAN ROMERO DOMINGUEZ

CRISTIAN JIMENEZ PADILLA

CRISTOBAL CUEVAS GALVEZ

DAMIAN DIAZ RODRIGUEZ

DANIEL CALERO GARCIA

DANIEL CARRILLO LÓPEZ

DANIEL CUEVAS GOMEZ

DANIEL DELGADO CORTES

DANIEL GIL REPISO

DANIEL MANZANO MARTIN

DANIEL MORY RUIZ

DAVID BERMÚDEZ MELERO

DAVID LUISES JIMENEZ

DAVID ROBLES BLANCA

DIMA NICOLAS ALARCON RAMOS

EDUARDO PEREZ MORENO

ELENA SAENZ TOME

ELIAS DOMINGUEZ PEREIRA

ESTELA JIAKY YAO VEGA

ESTHER JUDITH ALONSO VIDOR

EVARISTO RANDO ROMAN

FERNANDO FERNANDEZ MARTINEZ

FERNANDO GILBERTO RODRÍGUEZ ROMERO

FERNANDO JOSE GARCIA SANCHEZ

FRANCISCO ANTONIO SALGUERO MALDONADO

FRANCISCO DE ASIS CRUZ CHINCHILLA

FRANCISCO JAVIER BERLANGA ROBLES

FRANCISCO JAVIER ESCOBAR RIOS

FRANCISCO JAVIER RUIZ ESTRADA

FRANCISCO MIGUEL BERLANGA RODRIGUEZ

FRANCISCO PABLO LOPEZ MOREJON

FRANCISCO TAMAYO CRIADO

FRANCISCO VALVERDE JIMENEZ

FRANCISCO VERA MORENO

GISELA ASTORGA ESCARTIN

GONZALO CORTES BENITEZ

IGNACIO DORADO MORALES

IGNACIO GALAN RAMOS

ISMAEL DURÁN HERNÁNDEZ

ISMAEL POSTIGO GAMEZ

IVAN LUQUE ALARCON

JAIME ALBERTO MELGAR VALDIVIA

JAIME JOSE DIZ PUYA

JAVIER ESPINOSA DOMINGUEZ

JAVIER PAREDES LUQUE

JESUS DAVID DEL CID MARIN

JESUS GONZALEZ GARCIA

JESUS LOPEZ VEGA

JESUS MARTINEZ GARCIA

JORGE MARTIN COSANO

JOSE ANTONIO SANCHEZ ROMERO

JOSE CARLOS CASADO PLAZA

JOSE DAVID MOLINA VELASCO

JOSE JAVIER GARCIA RUIZ

JOSÉ JESÚS CEBOLLADA YAÑEZ

JOSE JIMENEZ MARTIN

JOSÉ LUIS NARVÁEZ GONZÁLEZ

JOSE LUIS ROLDAN BORREGO

JOSE MANUEL BAÑOS CASTILLO

JOSE MARIA PRADOS TORRES

JOSE MIGUEL GARCIA NAVARRO

JOSE SERRANO PEREZ

JUAN ABRAHAN COPADO LLAMAS

JUAN ANDRES GIORDANO SANCHEZ

JUAN ANTONIO DOMINGUEZ NAVARRO

JUAN CARLOS CORTES LUQUE

JUAN CARLOS FLORES BENITEZ

JUAN DIEGO JIMENEZ BATLLERIA

JUAN FRANCISCO BERLANGA ROJAS

JUAN HERMENEGILDO MORAL GARCIA

JUAN JESUS PASTRANA CORTES

JUAN JESUS QUINTANA MORENO

JUAN MANUEL BASCON SALCES

JUAN MANUEL MATEO CASTILLO

LAURA DÍAZ JIMÉNEZ

LAURA RUBIO GONZALEZ

LIDIA RODRIGUEZ MORALES

LUCIA TORRES BORREGO

MARIA DE LOS ANGELES NUÑEZ LUCAS

MARIA DEL PILAR PANIAGUA DURAN

MARIA DOLORES RUIZ JIMENEZ

MARIA MORENO BAENA

MARINA IBAÑEZ CASADEMONT

MARINA JIMENEZ ARAGONES

MARINA ROMERO RUIZ

MARTA MORALES DIAZ

MERCEDES NAVARRETE DELRIO

MIGUEL ANGEL CLAVERO CARRILLO

MIGUEL ANGEL GRACIA TARIFA

MIGUEL ANGEL JURADO RAMA

MIGUEL ANGEL LOBATO MARIN

MIGUEL LOPEZ GONZALEZ

MIGUEL MARQUEZ LARA

MIGUEL MARTINEZ HERRERA

MIGUEL RAMOS ACEVEDO

MIRIAM CASTILLO GORDILLO

NATALIA CONDE ROJAS

NATALIA ROLDAN RODRIGUEZ

NEREA CASTILLERO ROMERO

NURIA MORENO AYALA

OSCAR CABRERA OGAYAR

PABLO ARENAS SANCHEZ

PABLO AZUAGA ROJAS

PABLO BOSCH LUQUE

PABLO JIMENEZ MORENO

PABLO MANUEL SERRA RIVERO

PATRICIA LOMBARDIA MARTIN

PATRICIA MARIA INFANTES NAVARRO

PATRICIA MARTIN VILLALBA

PATRICIA MORENO RODRIGUEZ

PAULA BALDOMERO BENITEZ

PAULA ROMERO RUIZ

PAULA TELLO VALENZUELA

PEDRO NAVARRETE ARIJO

RAFAEL ANTONIO GUARDIA MACIAS

RAUL VERDUGO MOYA

RICARDO PEREZ PEREZ

ROBERTO GUERRERO BERROCAL

ROCIO PERAL ORTIZ

ROCIO VALLE LOPEZ

RUBEN CONGOSTO SANCHEZ

SALVADOR GONZALEZ MARQUEZ

SAMUEL RAMIREZ CABELLO

SANDRA GALLARDO SIMON

SARA MARIA FERNANDEZ CARO

SERGIO BARRANCO RUIZ

SERGIO CABRERA JIMÉNEZ

SERGIO CUETO FLORIDO

SERGIO ROMERO MARTIN

SERGIO RUIZ PEREZ

TERESA MARIA MERIDA ESPINOSA

VALENTIN SOLIS BECERRA

VICTOR MANUEL GARCIA PACHECO

VINCENZO FEDERICO FORCINITI

YONATHAN BARRERA ARTILES

 

SEGUNDO: Aprobar la siguiente lista de aspirantes que se les debe considerar desistidos en aplicación del art. 68.1 de la Ley 39/2015, al no haber subsanado los requisitos exigidos en las bases 3 y 4:

ASPIRANTE

DEFECTO NO SUBSANADO

SERGIO TRAVESEDO DOBARGANES

Debe presentar el consentimiento a portar y en su caso usar armas, así como a conducir vehículos policiales. No ha abonado la tasa de examen

PABLO CUMPLIDO FRANCO

No ha abonado la tasa de examen



TERCERO: Conforme a la base 6, se nombra como miembros del tribunal a:

Presidente: Salvador Romero Puerta.

Vocales: Miguel Ángel Rodríguez Martín, Rocío Vázquez Rodríguez, Antonio Vázquez Pedroso y María Belén Millán López.

Secretaria: Beatriz Pérez-Argos Páez.

Y como suplentes a:

Presidente: Francisco Javier Martín Montero.

Vocales: José Luis Sánchez López, Noelia Martínez García, Antonio Martín González y Ana María Martín Avilés.

Secretario: Alejandro Del Corral Fleming.

CUARTO: La primera prueba de la fase de la oposición, base 8.1.1, se realizará el día 5 de octubre de 2026, a las 09:00 horas en las instalaciones de la Ciudad Deportiva de Cártama (Málaga).

QUINTO: Rectificar el error material de la convocatoria publicada en el BOPMA de 12 de febrero de 2026, Anexo I (Pruebas de aptitud física), apartado A.4 (Prueba de potencia de tren inferior: salto vertical) en la tabla de grupos de edad columna “30 a 34”, fila “Hombres”, donde dice: “10”, debe decir “40”.