Actividad: Servicio técnico informático
| Responsable del Tratamiento | Ayuntamiento de Pizarra |
|---|---|
| Descripción del tratamiento de datos | Gestión de los equipos informáticos.
Gestión y mantenimiento de redes de ordenadores. Gestión y realización de copias de seguridad. |
| Base jurídica | Art. 6.1.e) RGPD. Ejercicio de Potestades Públicas: tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. Detalle Base de legitimación
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas - Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público |
| Finalidad | Gestión de los equipos informáticos.
Gestión y mantenimiento de redes de ordenadores. Gestión y realización de copias de seguridad. |
| Origen | Ciudadanos/as que tengan sus datos en los dispositivos de almacenamiento digital del Ayuntamiento. |
| Categoría | Datos identificativos:
Datos de contacto Datos especialmente protegidos, salud, riesgo de exclusión social, menores. Todos aquellos tipos de datos que puedan almacenarse en el Ayuntamiento. |
| Cesiones | No están previstas. |
| Transferencia fuera del espacio europeo | No están previstas. |
| Plazo de uso | Se conservarán durante el tiempo que sea necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación, en particular el artículo 18 de la Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía y art. 35 del Decreto 97/2000, de 6 de marzo por el que se aprueba el Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos. |
| Medidas de seguridad | Las medidas de seguridad implementadas corresponden a las aplicadas de acuerdo al Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica. |