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14 Sep Pizarra

La Policía Local realizará controles de alcoholemia

Se va a contar con un vehículo especializado, que estará en funcionamiento hasta final del septiembre en la localidad. 

 
La Policía Local de Pizarra contará hasta finales del mes de septiembre con un vehículo especializado para realizar controles de alcoholemia.  Esta unidad pertenece a la Dirección General de Tráfico y ha sido puesta en marcha para ser compartida por varios municipios de la comarca, entre ellos Pizarra. 
 
Félix Lozano, el alcalde de Pizarra, ha dado a conocer la presencia de este servicio, y asegura que la finalidad no es recaudatoria si no que lo que se persigue es velar por la seguridad de vecinos y vecinas.  “Los fines no son recaudatorios, por ello, se ha dado a conocer estas medidas antes de que se empiece a controlar el nivel de alcohol en los conductores y conductoras”, asegura el primer edil. 
 
 
Si conducimos bajo los efectos del alcohol

En España está prohibido conducir con una tasa de alcoholemia por encima de los 0,5 gr/l de alcohol en sangre (0,25 mg/l en aire espirado), una cantidad que se reduce a 0,3 gr/l (0,15 mg/l) en el caso de conductores noveles y profesionales.

Superar esta tasa en más de 0,25 gr/l y hasta 0,50 mg/l conlleva una sanción administrativa de 500 euros y 4 puntos menos en el carnet de conducir. Por encima de esa cifra la multa aumenta a los 1.000 euros y 6 puntos de retirada. Como novedad, desde mayo de 2014 a los conductores reincidentes que hubieran sido sancionados por exceder la tasa máxima en el año inmediatamente anterior se le aplicará una sanción de 1.000 euros y la retirada de 4 o 6 puntos (en función de la tasa dada).

En el caso de las drogas, la ley de tráfico es exigente en este sentido y prohíbe conducir con presencia de drogas ilegales en el organismo, en caso contrario se considera una infracción muy grave castigada con una sanción 1.000 euros y la retirada de 6 puntos en el carnet de conducir.

Pero conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas también puede ser considerado delito tal y como recoge el capítulo IV del Código Penal. En el caso conducir tras ingerir drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas conlleva pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días, y privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.

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